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Accidente de trabajo:
Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.
| Enfermedad profesional: La contraída a consecuencia del trabajo efectuado y ejecutado por cuenta ajena y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias y de las actividades especificadas por ley.
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| Tres son los elementos que definen al accidente de trabajo:
Lesión corporal.
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El trabajo, entendido como actividad del trabajador que voluntariamente presta sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario.
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La relación entre la lesión y el trabajo: el accidente debe producirse con ocasión o por consecuencia del trabajo efectuado. |
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