jueves, 11 de febrero de 2010

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales


Accidente de trabajo
:

Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.




Enfermedad profesional:
La contraída a consecuencia del trabajo efectuado y ejecutado por cuenta ajena y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias y de las actividades especificadas por ley.



Tres son los elementos que definen al accidente de trabajo:

Lesión corporal.


El trabajo, entendido como actividad del trabajador que voluntariamente presta sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario.

La relación entre la lesión y el trabajo: el accidente debe producirse con ocasión o por consecuencia del trabajo efectuado.


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